La Agencia de Recaudación y Control Aduanero determinó que el próximo lunes 21 de septiembre expirará el plazo para abonar la cuota mensual del régimen simplificado. El vencimiento habitual opera el día 20 de cada mes, pero al coincidir con un domingo en septiembre de 2026, la normativa traslada la fecha límite al primer día hábil posterior.
El cumplimiento alcanza a los inscriptos en todas las categorías, desde la A hasta la K, cuyos montos varían según la situación particular de cada contribuyente. Los valores vigentes desde el 1 de agosto contemplan escalas de ingresos brutos anuales que van desde los 12.009.410,45 pesos para la categoría inicial hasta los 126.610.838,75 pesos para la máxima.
La cuota total establecida por el organismo para la categoría A se ubica en 49.527,18 pesos, mientras que para la B asciende a 56.379,08 pesos. A partir de la categoría C, los importes difieren según se trate de la prestación de servicios o de la venta de bienes.
El pago mensual comprende de forma general el impuesto integrado, el aporte previsional al SIPA y la cotización a la obra social, aunque existen excepciones para determinados contribuyentes. Además de la facturación, la recategorización contempla variables como la superficie afectada, el consumo eléctrico, los alquileres devengados y el precio unitario máximo.
La normativa exige el uso de medios electrónicos para cancelar la obligación en la mayoría de los casos, exceptuando al Monotributo Social, cooperativas y trabajadores independientes promovidos. Las alternativas incluyen la generación de un Volante Electrónico de Pago mediante Clave Fiscal, el uso de código QR, homebanking y la aplicación ARCA Móvil.
Los usuarios también pueden adherirse al débito automático y verificar el estado de sus operaciones a través de la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos para chequear deudas o saldos a favor. Abonar dentro del plazo establecido evita la generación de intereses por pagos fuera de término.





