Prohíben la venta y distribución de un raticida por no contar con registro oficial

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización, el uso, la distribución y la publicidad de un raticida debido a diversas irregularidades detectadas.

La medida recae sobre el artículo rotulado como SUPERCygonazo Rodenticida Dosis Única, el cual es elaborado por la empresa Mendizabal, Ferraro y Larrinaga S.R.L.

La decisión quedó formalizada por medio de la Disposición 5707/2026, la cual fue difundida en el Boletín Oficial. El procedimiento comenzó a raíz de una consulta recibida por el Servicio de Domisanitarios sobre la venta de artículos que carecían de inscripción en el organismo.

El relevamiento se originó ante las dudas sobre la legitimidad del artículo, que indicaba en su etiqueta contener bromadiolone y haber sido fabricado en la localidad bonaerense de Munro. Los controles permitieron comprobar que el producto no disponía de inscripción vigente.

Las autoridades determinaron que en 2025 se canceló la habilitación de la compañía porque no requirió la reinscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios. Dicho trámite posee una vigencia de cinco años.

A pesar de que la empresa perdió la habilitación de sus productos, se detectó que el raticida continuaba a la venta, motivo por el cual se envió una notificación a la sede de la firma. La compañía no contestó al aviso y el correo informó que se había mudado.

Frente al desconocimiento sobre las condiciones de fabricación y al constatarse la falta de habilitaciones tanto de la planta como del artículo, el organismo dispuso vetar el producto en todo el país para resguardar a los consumidores.